Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La prejudicialidad de las causas Nº JSA-2016-000322; JSA-2016-000323; JSA-2016-000324; JSA-2016-000325; JSA-2016-000326; JSA-2016-000327; JSA-2016-000328; JSA-2016-000329; JSA-2016-000330; JSA-2016-000331; y JSA-2016-000332, seguidas por ante este mismo Juzgado respecto a la presente causa (JSA-2015-000276).
SEGUNDO: En consecuencia se suspende el presente asunto por hallarse en estado de sentencia, hasta que sean decididas las prenombradas causas.
TERCERO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.