Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y ejecutar la Medida Precautelativa de Carácter Ambiental, dictada en fecha 05 de agosto de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 4 de ésta Circunscripción Judicial, en el fundo conocido como "El Abrigo", ubicado en el sector RIO SARARE, Jurisdicción del Municipio Bruzual del estado Yaracuy.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, este juzgador se ABOCA al conocimiento del presente asunto.
TERCERO: Hágase del conocimiento de la presente decisión mediante oficios al Ministerio Público en la persona de la Fiscal Sexta del estado Yaracuy, al Gobierno Regional en la persona del Gobernador, al MINEA - Yaracuy, a la Defensa Pública Agraria - Yaracuy, a la OR.....