"...Quien suscribe, ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, Secretario del Juzgado Superior Agrario del estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los tres (3) días siguientes, a que hace referencia el artículo 36 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, transcurrieron desde el día (21) de agosto de (2018), (exclusive), hasta el día (24) de agosto de (2018) (Inclusive), a saber los días: miércoles (22), jueves (23) y viernes (24) de agosto de (2018) (Inclusive).
EL SECRETARIO,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ.
Practicado como fue el cómputo por Secretaría se evidencia que desde el día (21) de Agosto de (2018) (Exclusive), hasta el día (24) de Agosto de (2018) (Inclusive), transcurrieron los tres (3) días continuos para que las partes ejercieran la Apelación correspondiente, por lo que habiendo transcurrido íntegramente el lapso previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Amparo .....