Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Anulación ejercido conjuntamente CON SOLICITUD DE MEDIDA PREVENTIVA, por ante este Juzgado Superior Agrario en fecha (09/05/2016), por el Abogado ENIO JESÚS ZERPA BOISSIERE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.979, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos ELENA DEL CARMEN BELIZARIO DE MANUNTA Y JOSÉ MANUEL BELIZARIO MUJICA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades N° V-7.514.269 y V-7.514.268, en su orden, según consta de Poder Especial debidamente autenticado ante la Notaría Pública de San Felipe, estado Yaracuy, bajo el N° 30, Tomo 16, de fecha (15-02-2016), que en copia fotostática simple const.....