en fuerza de las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Inhibición planteada por la Abogada LINDA LUGO MARCANO Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy con sede en la ciudad de San Felipe.
Visto que la presente decisión no admite recurso de conformidad con el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese y remítase copia certificada al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.