PRIMERO: SIN LUGAR la Falta de Cualidad Activa establecida en el artículo 210 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario propuesta por el abogado en ejercicio ISMAEL JOSE MATA MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 61.661, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos LEONARDO GONZALEZ MATERAN y FRANCISCA MIRIAN MATERAN, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cedula de identidad números V-16.110.663 y V-629.270 respectivamente; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 144 y 232 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE SOCIEDAD IRREGULAR O DE HECHO, interpuesta por los ciudadanos ARGENIS GONZALEZ GONZALEZ y GUILLERMO GONZALEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidades números V-5.451.117 y V-6.462.508, respectivamente y los ciudadanos LUIS MIGUEL SOTO GONZALEZ, LUIS MIGUEL SOTO GONZALEZ y NA.....