Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el por el ciudadano LUIS MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.950.492, debidamente asistido por la abogada ZULMAN GALINDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 54.820, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano LUIS MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.950.492, identificados en autos, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, sobre un lote de terreno con una superficie de ciento treinta y siete metros cuadrados con dieciocho centímetros cuad.....