-DECISIÓN-
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Veróes, Sucre, La Trinidad, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano ERNESTO GUTIERREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-8.517.016, representado en este acto por los abogados en ejercicio NIXON RAMON MIRABAL, ALEXANDER ANTONIO MENDOZA y HUMBERTO BRITO BRITO, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 149.187, 151.024 y 5.180, respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se insta a la parte accionante a activar la vía ordinaria procesal prevista en la Ley de Tierras.....