EN CUANTO A LA OBLIGACION DE MANUTENCION. PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) mensuales, para lo cual depositara en la cuenta corriente Nro 01080087140100208266, del Banco Provincial a nombre de la madre para garantizar la efectividad y cumplimiento del pago. SEGUNDO: En cuanto al Bono Escolar el padre se compromete aportar la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (BS 500,00) los primeros 15 del mes de septiembre, para cubrir lo referente a útiles y uniformes escolares. TERCERO: En cuanto a los gastos decembrinos el padre se compromete aportar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (BS 1.000,00) los primeros 15 días del mes de diciembre para cubrir los gastos de estrenos. CUARTO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta (50%) por ambos padres, previa indicaciones médicas, presupuesto y presentación de facturas. Dicho monto aquí establecido, surtirá efecto a partir del mes de.....