Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC de las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, a la ciudadana ROSA LINDA CARMONA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.320.404, y con residencia en el Sector Faltriquera, segunda Calle, Casa s/n, municipio Sucre estado Yaracuy, solicitud interpuesta por la ciudadana ANA CECILIA HERRERA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.796.445, residenciada en el Sector la Faltriquera, calle principal, frente a la iglesia cristiana, Municipio Sucre estado Yaracuy, quien contraerá matrimonio próximamente. Entréguese a la parte solicitante dos juego de copia certificada de la presente decisión para que surta sus respectivos efectos de Ley y.....