Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos FRANCA DEL ROSARIO BRACHO MENDOZA y WENDELL RUBEN DARIO GONZALEZ VIZCAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.653.862 y 11.276.041 respectivamente, domiciliados la primera en la avenida 7 entre calles 4 y 5 sector monte oscuro Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, y el segundo en la avenida 8 entre calles 4 y 5 sector La Peñita Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada MARIELIS OROPEZA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 73.667. En consecuencia, con respecto a la adol.....