Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Ciudadana INGRIS CAROLINA CAMACHO DORANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.507.691, debidamente asistido por el abogado Carlos Remolina, Defensor Publico Primero con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en su condición de Madre de de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacida el 10 de septiembre de 2003, de dieciséis (16) años de edad y el niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 10 de julio de 2008, de on.....