Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, Decreta: Separados legalmente de cuerpos y de bienes, a los ciudadanos ANA GABRIELA ANDRADES ECHEVERRIA Y CARLOS EDUARDO DEL NOGAL JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.637.030 Y 12142.511, domiciliados en la calle 11, entre 2da y 3era Av., Municipio San Felipe estado Yaracuy y en Palo Quemao, Urb. La Blanquera, casa Nro 16, Municipio Maracay estado Aragua, y en consecuencia, se suspende la vida en común de los mismos de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano. Así s.....