En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD de la niña, de 10 años de edad, a la ciudadana CECILIA VICTORIA MORENO DE PERALTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.512.126, quien puede ser localizada en la siguiente dirección: la madrileña, las casitas urbanización Nelson Suárez, nirgua estado Yaracuy, solicitud interpuesta por la ciudadana CARMEN ADRIANA PERALTA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.199.300, residenciada en La Madrileña, urbanización Nelson Suarez, municipio Nirgua, estado Yaracuy, asistida por la Abg. Darbelys Kerimar Sánchez Reyes, i.....