Por todo lo antes expuesto, consideran cumplidos los requisitos exigidos por la ley, para la procedencia de la solicitud, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos JULIO CESAR MARTINEZ MEZA y SANDRA CAROLINA GOMEZ ESCOBAR, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.758.621 y 17.255.608, respectivamente, residenciados en el Sector Los Chucos, calle Tocaron, casa S/N, del Municipio Sucre, del estado Yaracuy y en el Sector Los Chucos, calle Tocaron, casa S/N, Municipio Sucre estado Yaracuy, debidamente asistidos para el momento por la Abogada JHOSELYN ALEJANDRA MARQUEZ FLORES, inscrita en el INP.....