Esta Autorización para viajar al Extranjero NO implica cambio de residencia de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 30 de agosto de 2014, de nueve (09) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 36.230.960.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, cuatro (04) juegos de copias certificadas de la presente homologación. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos originales a la parte que presento la solicitud.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a veinte (20) días del mes de diciembre de 2023. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA,
Abg. SORELYS BETZABET QUINTERO BRICEÑO,
La Secretaria,
Abg. María de los Ángeles López.