Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus ISMAEL ANTONIO ESCOBAR BRICEÑO, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 12.286.734, a los ciudadanos HILDA JOSEFINA RIVAS BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.727.042, en su calidad de concubina, a los ciudadanos: ANTHONY NOEL ESCOBAR SANCHEZ e YZMARI VIRGINIA ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 21.302.460 y 26.079.652, respectivamente y la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de 17 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. 28.498.357, nacida en fecha: 11 de febrero 2001, estos tres últimos en c.....