Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO SILVA GIMENEZ y YOLI ANA BONILLA VEROES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.795.054 y 17.814.441 respectivamente, domiciliados el primero en el callejón Escuela Técnica Robinsoniana Zamorana José Atanasio González, sector Las Velas de Yaritagua municipio Peña del estado Yaracuy, y la segunda en la carretera principal de Las Velas sector El Ático de Yaritagua, municipio Peña del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada YOHANNA RAMIREZ CORONADO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 114.896. En consecuenc.....