En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la presente demanda de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS (Recreación), , presentada por la Autorización de viaje al Extranjero (Recreación), presentada por la ciudadana: TATIANA ELAIZA SKIDANENKO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 10.860.565, domiciliada en el Conjunto Residencial Los Hermanos, Edificio D, apartamento 2-4, municipio Independencia, estado Yaracuy, asistida por el abogado Carlos Remolina, Defensor Público Primero, adscrito a la Defensa Publica del estado Yaracuy, y con competencia en materia de Protección de Niños, niñas y Adolescentes, en su carácter de progenitores del niño: "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORM.....