DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de NULIDAD DE CESIÓN DE DERECHOS, interpuesta por el ciudadano ANTONIO VILLANO PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.559.094, debidamente representado por el abogado BAMORE RODRIGUEZ NOGUERA, inscrito en el impreabogado bajo el N°34.902, en contra del hoy joven adulto "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", domiciliado en la Residencia Santa María, calle 9, entre Avenidas 1 y 2 con Avenida Fermín Calderón, casa A-20, Sector Pueblo Nuevo, Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, asistido por la Defensora Pública Segunda Abogada Yamilet Morgado, el cual para el momento de la cesión y de la introducción de la presente demanda estaba representado por su madre por ser adolescente, la ciudadana MARÍA TERESA NOGUERA de VILLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.514.290, domiciliada, en la misma dirección del demandado, asistida por el Defensor Público T.....