´´En mérito de las anteriores consideraciones y revisadas las circunstancias particulares del presente caso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de FIJACIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por el ciudadano Ciudadano JORGE FELIX PEREZ APONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.178.784, domiciliado en la urbanización El Paraíso, esquina calle 2, casa S/N, municipio Cocorote, estado Yaracuy, en su condición de padre de las niñas "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA" y "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", quienes se encuentran representadas por la abogada YAMILET NORELIS MORGADO BEAMONT, Defensora Públic.....