En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpusiera la ciudadana MARIA DEL CARMEN MARTINEZ DUDAMEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.712.298, domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, calle 8, casa Nro. 1, municipio Nirgua, estado Yaracuy, asistida por la abogada YENNITT ROSANGEL PANIAGUA SUAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 102.659, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES", representado por el Defensor Público Auxiliar Cuarto de este Estado, de conformidad con el artícul.....