CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana: MARYENI MARGARITA RUBIO OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.710.034, domiciliada en la calle 12 y 13, con vereda 04, Urbanización, Daniel Caria, Municipio Bruzual, estado Yaracuy, asistida por la abogado YAMILET MORGADO, en su carácter de Defensora Pública Segunda, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy, y con competencia en Materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en beneficio de los Adolescentes YERIXON ARON, YANNIMAR GABRIELA MENDOZA RUBIO y EDIXON JOSUE MENDOZA RUBIO, de quince (15), catorce (14) y doce (12) años de edad, nacidos el dos de febrero de 2004, 20 de diciembre de 2005 y 14 de febrero de 2007, en su orden, debidamente representados por el Abogado CARLOS O. REMOLINA VENTURA, Defensor Público Provisorio Primero con Competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita .....