En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpusiera la ciudadana THAYS CORALIA GIMENEZ TREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.555.261, domiciliada en la avenida 19 de Abril (Segunda Avenida), entre calles 4 y 5, casa N° 11, sector Cantarrana, San Felipe, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por la abogada ANA HILDA ARENCIBIA VALLE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 25.667, en contra del adolescente "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES", representado por el Defensor Público Tercero de e.....