Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y por tanto DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS Los ciudadanos ANDRES EDUARDO ROBLES FIGUEROA y YAWMARITH ANGULO MATTA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros 16.951.582 y 17.504.446 respectivamente.