Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente solicitud de HOMOLOGACION DE AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, incoada por los ciudadanos MELISSA ALEJANDRA BRACAMONTE CASTELLANOS y JOSE ANGEL LUNAR ZABALA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.764.637 y 8.467.696 respectivamente, domiciliados la primera en la urbanización Terrazas de la Ensenada, calle 4C, casa 4C12, municipio Peña, estado Yaracuy, y el segundo en la urbanización La Rosaleda, calle 9, casa Nº 230, municipio Independencia, estado Yaracuy, asistidos por la abogada YISNEIDY TORREALBA, Defensora Pública Auxiliar Tercera con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Yaracuy, actuando en sus caracteres de padres de la niña Identidad Omitida, de conformidad con lo establecido en el artícul.....