En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JOSE POLICARPO ZAVARCE ALVARADO y ANGELA CECILIA MUÑOZ VIÑALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad Nros 14.336.565 y 14.336.379 respectivamente, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil.