Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA a los ciudadanos JACKSON MANUEL RODRIGUEZ GRATEROL, JEFFERSON ENMANUEL RODRIGUEZ GRATEROL, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros 17.700.291 y 19.455.225, y del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 25.584.122, de 16 años de edad respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano NAUDY MANUEL RODRIGUEZ CORONADO, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.512.267, quien falleció ab-intestato, el día 20 de agosto del año 2013, en su condición de hijos respectivamente; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.