Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos ERIKA GRISELDINE ALVAREZ LEDEZMA y MANUEL ALEJANDRO FERNANDEZ BEQUEMBON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 14.442.463 y 14.709.467 respectivamente. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EL DIVORCIO. Por lo que queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos ERIKA GRISELDINE ALVAREZ LEDEZMA y MANUEL ALEJANDRO FERNANDEZ BEQUEMBON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 14.442.463 y 14.709.467 respectivamente, quienes contrajeron matrimonio ci.....