Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO NO CONTENCIOSO, incoada por el ciudadano ANDERSON PASTOR RODRIGUEZ OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.816.821, representado por el ciudadano JOSE GREGORIO HENRIQUEZ VILLALOBOS, de profesión abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 276.313, y la ciudadana ERIKA ANTONIETA FARIAS RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.729.518.