ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de los niños Identidad Omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 5 de diciembre de 2012 y 10 de septiembre de 2011, bajo la responsabilidad de crianza de la ciudadana WUILENNY RAYLIN GUTIERREZ OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.965.238, domiciliada en Cañaveral, calle principal, casa S/N, municipio Independencia, estado Yaracuy, quien tendrá el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistirlo material, moral y afectivamente, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa; en consecuencia,