Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 8, 39, 63, 358 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, así como lo preceptuado en el artículo 76 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, acuerda conceder AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS (IDA Y VUELTA) al niño Identidad Omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacido en fecha 18 de diciembre de 2015, pasaporte y prórroga venezolana Nº 132223111, y visa americana Nº 20170402230003, pueda viajar en compañía de su abuela materna, la ciudadana ELENA DEL CARMEN BELIZARIO DE MANUNTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.514.269, puedan viajar fuera del Territorio Venezolano desde la fecha 27 de julio de 2022 hasta la fecha 22 de agosto de 2022, fecha de ingreso a la República Bolivariana de Venezuela.