este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JAIMELI DESIREE TOVAR y LEONARDO FRANCISCO RODRIGUEZ PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.998.783 y 13.695.835 respectivamente, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil