Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la abogado YAMILET NORELIS MORGADO BEAMÒNT, a petición de la ciudadana LISDE IBORE VERASTEGUI PARADA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.986.435, en su condición de madre de la adolescente FERNANDA DE JESÙS CALDERA VERASTEGUI, de 12 años de edad, quien contraerá matrimonio próximamente, y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, se designa CURADOR AD HOC de la adolescente FERNANDA DE JESÙS CALDERA VERASTEGU, de 12 años de edad, a la ciudadana LISSET NOHELY VERASTEGUI PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.593.331.