En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio 185-a en los mismos términos en que expuestos en el escrito libelar y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos YASMIN YANETH CRESPO VENEGA y CARLOS ALBERTO DIAZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 15.425.086 y 13.618.846 respectivamente.