este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones de TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, GLADYS ELVIRA MUÑOZ DE TERAN, venezolana, mayores de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.273.134, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del INTI , ubicado en la urbanización Valle Verde, calle 10, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (181,50Mts2) con un área de construcción de CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS (56,60Mts2), comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que es o fue de Flor Rodríguez con 12,10metros lineales; SUR: Calle 10 que es su frente con 12,10 metros lineales.....