Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos CAMACHO MUJICA RICHARDS JAWEL y GARCIA MUJICA EUGENIA MARGARITA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-10.653.310 y V-18.758.560 respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Montes de Oro, calle 5, casa s/n, parroquia San Javier, municipio San Felipe, estado Yaracuy y la segunda en el caserío El Peñón, carretera Panamericana, casa s/n, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado ISRRAEL ZERPA MARQUEZ, Inpreabogado N° 168.446, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y .....