D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana NOELIA ESCALONA RIOS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad Nº 12.079.734 y el ciudadano ENIS FRANCISCO CASTILLO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad Nº 11.652.188, asistidos del abogado LUÍS EDUARDO DOMÍNGUEZ ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado con la matrícula Nº 20.918. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 12 de junio de 1995, contrajeron matrimonio civil, ante el Prefecto del Municipio Autónomo La Trinidad Boraure de.....