En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer la presente solicitud, de DIVORCIO 185-A, presentada por la ciudadana MIRNA WVIDELMINA BERRIOS DE SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en el municipio La Trinidad, estado Yaracuy, titular de la cedula de identidad Nº 4.126.496; y el ciudadano HENRY ALBERTO SUÁREZ MANNA, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en el municipio La Trinidad, estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nº 5.579.672, debidamente asistidos por el abogado JARNY ZABDY MELÉNDEZ SALIH, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 168.923.- SEGUNDO: declina la competencia por el territorio para el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de .....