Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por la ciudadana DELIS MARGARITA HERRERA OVIEDO, ya identificada, debidamente asistida de abogada, contra su cónyuge, ciudadano ARCÁNGEL JOSÉ SOSA GRATEROL, anteriormente identificado, en consecuencia, se DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, el día 14 de Diciembre del año 1984 del Juzgado de Municipio Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actualmente Registro Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la co.....