´DECLARA:
PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE, abogados HENRIQUEZ ENRIQUE y REYES MARÍA, inscritos en el Inpreabogado con los N° 202.871 y 119.216 respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana GONZÁLEZ GONZÁLEZ LIGIA MIREYA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 9.143.400, domiciliada en la urbanización San José, calle 14, N° 4-77, municipio Independencia, estado Yaracuy, a dar cumplimiento a lo establecido en Sentencia Nº 000386, Expediente 2021-213, dictada por la Sala de la Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 12 de agosto de 2022, en lo atinente al señalamiento de número telefónico y correo electrónico de los apoderados judiciales de la demandante, así como también a dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 2023-0001 de fecha 24 de mayo de 2023, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 1, en lo atinente a la estimación de la demanda para el mome.....