PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 6 de noviembre de 2025 (Folio 166), que fuera planteado por el abogado AYUAHT ANIS MASSOUD YUNIS, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 31 de octubre de 2025, dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN seguido por el ciudadano PEDRO RAFAEL LÓPEZ MATA contra los ciudadanos CIRILO ALEJANDRO GARCÍA ESCOBAR y YONATHAN RODRIGUEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 31 de octubre de 2025, dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: Se condena en costas a la demandante apelante conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se deja expresa constancia que la presen.....