En virtud de las precedentes consideraciones, éste Tribunal Segundo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO la transacción suscrita entre el ciudadano VICENZO MAZILLI FERRARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.822.137, representado judicialmente por el Abg. ARNALDO ZAVARCE, inscrito en el IPSA bajo el Nº 142.125, por una parte y por la otra AGROPECUARIA EL FORTIN C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 05 de Noviembre de 1999, bajo el Nº 78, Tomo 82-A, y la Sociedad Mercantil PROAGRO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 07 de Julio de 1977, bajo el Nº 2, Tomo 104-A, Segundo, actualmente con domicilio en Valencia, Estado Carabobo, según consta en documento inscrito en el Registro .....