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DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se ratifica MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA, de fecha nueve (09) de octubre de dos mil veinticinco (2025); sobre una superficie aproximada de VEINTE HECTAREAS (20 Ha), desplegada por la ciudadana ANA BELKIS ALVAREZ ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.916.881, dentro de una parte de la superficie del lote de terreno denominado "PUENTE RIO I" ubicado en el Asentamiento Boquerón, vía Quebrada Seca, conocido también con el nombre de Fundo Puente Río, Jurisdicción del municipio Bolívar del estado Yaracuy, la cual forma parte de una mayor extensión de CUARENTA Y TRES HECTÁREAS CON NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (43ha, con 91 m2), cuyos li.....