DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO 185-A, incoada por la ciudadana RODRÍGUEZ BASTIDAS MAGDALI, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 13.986.320, domiciliada en el barrio San Rafael, calle Los Mamones, casa N° 12-3, municipio Independencia, estado Yaracuy, debidamente asistida por la abogada GARCÍA ILARRAZA NIGDALIA YAQUELIN, inscrita en el Inpreabogado con el N° 308.086, contra el ciudadano ORTEGA GUTIÉRREZ HUGO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 13.094.439, domiciliado en la ciudad de Puerto Montt, Chile; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos RODRÍGUEZ BASTIDAS MAGDALI y ORTEGA GUTIÉRREZ HUGO JOSÉ, ya identificados, en fecha catorce (14) de noviembre del año mil novecientos noventa y seis (1996), por ante la Prefectura Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, hoy Registro Civil del Municipio Independencia.....