DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Institución Familiar de Custodia Exclusiva, Convencimiento de Obligación de Manutención y Fijación de Régimen de Convivencia Familiar interpuesta por la abogado MARIA JOSE AAGUIAR URE Inpreabogado Nº 238.942, a petición del ciudadano RICARDO JOSE SILVA RIVAS, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-29.588.849, domiciliado en Jaime, Los Bomberos, casa Nº 61 Municipio Cocorote del estado Yaracuy, en contra de la ciudadana MICHEL ANAYS CORDERO GALLARDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedulas de identidad Nº V- 29.813.693, domiciliada en el Barrio La Libertad, Sector La Montaña, Avenida 2 Municipio Bruzual del es.....