PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana Paola Joannaly Aguilar Fernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-25.785.273, domiciliada en la Urbanización Carlos Alvarado, Municipio Nirgua del estado Yaracuy, asistida por la abogada Neyla Mermary Gutiérrez Peraza, I.P.S.A, en beneficio de los adolescentes (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),y (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolanos, nacidos en fecha 26/05/2011 de catorce (14) años de edad, contra los ciudadanos Génesis Nakary Aguilar Fernández y William Moisés Laino Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-25.616.553 V.- 19.411.112.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabilidad de Custodia de los adolescentes (Identidad omitida, de conformida.....