PRIMERO: COMPETENTE para conocer del RECURSO DE HECHO presentado en fecha, veintisiete (27) de abril del año en curso, interpuesto por el abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER HERRERA PÁEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Numero V-10.860.367 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 187.343, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Numero V-17.061.269; contra el auto dictado en fecha, veinte (20) de abril del año dos mil veintiséis (2026), emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, mediante el cual negó la apelación formulada por el referido abogado. Así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha, veintisiete (27) de abril del año en curso, suscrito por el abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER HERRERA PÁEZ, venezolano, mayor de edad,.....