Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Abogado DESIRE CECILIA PERDOMO GALLARDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 86.784, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 17 de Septiembre de 2001 por el Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.