este Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda formulada por parte de la Ciudadana ARIANMIS ALÍDA VALERA PÁEZ en contra del ciudadano JOSÉ RAMÓN QUINTERO TALLAFERRO ambos debidamente identificados en autos, en beneficio de los niños xxxxxxx xxxx Y xxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxx y considera conveniente fijar la PENSION ALIMENTARIA en la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo), mensuales, monto equivalente al 21,47% del salario mínimo actual (Bs. 465.750,oo), que el Ciudadano antes mencionado deberá pasar a sus hijos, a partir del Primero de Marzo del año en curso, los cuales consignará en dinero en efectivo a la madre de los niños ciudadana ARIANMIS ALÍDA VALERA PÁEZ, a través de la Oficina de los Consejeros de Protección de este Municipio Bolívar.
Así mismo deberá aportar una c.....